Nota de prensa
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En la fecha de hoy (17/08/2016) el Comité de Derechos Humanos de la ONU acogió una petición liminar que formulamos a condición de abogados del ex presidente Luiz Inácio Lula da Silva el 25/07/2018, junto con Geoffrey Robertson QC, y determinó al Estado brasileño que “tome todas las medidas necesarias para que para permitir que el autor [Lula] disfrute y ejercite sus derechos políticos de la prisión como candidato en las elecciones presidenciales de 2018, incluyendo acceso apropiado a la prensa ya miembros de su partido político” y también para “no impedir que el autor [Lula] concurra en las elecciones presidenciales de 2018 hasta que todos los recursos pendientes de revisión contra su condena sean completados en un procedimiento justo y que la condena sea final” (traducción libre).
La decisión reconoce la existencia de violación del artículo. 25 del Pacto de Derechos Civiles de la ONU y la ocurrencia de daños irreparables a Lula en el intento de impedirlo de concurrir en las elecciones presidenciales o de negarle acceso irrestricto a la prensa oa miembros de su coalición política durante la campaña.
Por medio del Decreto nº 6.949 / 2009, Brasil incorporó al ordenamiento jurídico patriótico el Protocolo Facultativo que reconoce la jurisdicción del Comité de Derechos Humanos de la ONU y la obligatoriedad de sus decisiones.
Ante esta nueva decisión, ningún órgano del Estado Brasileño podrá presentar ningún obstáculo para que el ex Presidente Lula pueda concurrir en las elecciones presidenciales de 2018 hasta la existencia de una decisión en cosa juzgada en un proceso justo, así como será necesario franquear a él acceso irrestricto a la prensa ya los miembros de su coalición política durante la campaña.
Valeska Teixeira Zanin Martins
Cristiano Zanin Martins